Provincia De Talca

Corte Suprema Declara Ilegal Desalojo Dispuesto por la Municipalidad de Talca en Macroferia

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La Corte Suprema ha emitido un fallo histórico, declarando ilegal el desalojo ordenado por la Municipalidad de Talca. Según la Tercera Sala de la Corte Suprema, el desalojo es competencia exclusiva del Delegado Presidencial, quien tiene la autoridad para solicitar el auxilio de la fuerza pública.

La sentencia se originó tras la acogida del recurso de casación presentado contra una decisión anterior de la Corte de Apelaciones de Talca. El fallo anula el Decreto N° 3324 del 22 de julio de 2022, que autorizaba a Carabineros a desalojar el Patio N° 2 de la Macroferia Municipal de Talca.

El conflicto comenzó cuando 65 personas presentaron un reclamo de ilegalidad basado en el artículo 151 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, contra el Decreto Alcaldicio N° 3324. Este decreto permitía el cierre y desalojo del Patio N° 2 de la Macroferia Municipal, utilizando a Carabineros para ejecutar la orden. Los reclamantes argumentaron que la municipalidad no tiene la competencia para ordenar directamente el uso de la fuerza pública y que se violó la confianza legítima de quienes han utilizado el espacio por años.

La Corte de Apelaciones de Talca inicialmente acogió el reclamo y dejó sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 3324 y su sucesor, el Decreto N° 5070 de noviembre de 2022. Sin embargo, la municipalidad apeló esta decisión ante la Corte Suprema.

La Corte Suprema resolvió que, aunque la municipalidad tiene la autoridad para disponer el cierre de locales que no cumplan con el pago de derechos municipales, se extralimitó al ordenar el desalojo del espacio. Según la ley, esta competencia recae en el Delegado Presidencial Provincial, conforme al artículo 4 letra h) de la Ley N° 19.175.

El fallo subraya que, para proceder con el desalojo, la municipalidad debe solicitarlo formalmente al Delegado Presidencial Provincial, quien es el único autorizado para solicitar el auxilio de la fuerza pública.

Conclusiones del Fallo:

  • La Municipalidad de Talca tiene la autoridad para clausurar locales por incumplimiento de pago.
  • La municipalidad no tiene la competencia para ordenar desalojos, ya que esto corresponde al Delegado Presidencial.
  • La anulación del Decreto N° 3324 refuerza la necesidad de seguir los procedimientos legales adecuados para el desalojo de propiedades.

Este fallo no solo resuelve un conflicto local, sino que también establece un precedente importante sobre las competencias de las municipalidades y las autoridades presidenciales en Chile.


Fuente: RadioFMMas.cl


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