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Corte Suprema anula traslado de carabinero en Talca por afectar a hijos con TEA

La Corte Suprema ha ratificado el fallo que anuló el traslado de un carabinero desde Talca, al considerar que la medida afectaba gravemente a su núcleo familiar, en especial a sus hijos diagnosticados con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
El funcionario recurrió a la justicia argumentando que la decisión de Carabineros de cambiar su destino a la Fiscalía Administrativa de la Prefectura Arauco comprometía seriamente la estabilidad de su familia. Esto se debe a que sus hijos reciben atención especializada en Talca, ciudad donde actualmente residen. El carabinero sostuvo que el traslado dificultaría el acceso a estas terapias y obligaría a su esposa, quien es funcionaria municipal, a dejar su trabajo. Todo aquello, afirmó, pondría en riesgo tanto el equilibrio emocional como la estabilidad económica de su hogar. En su presentación, el recurrente alegó que el acto administrativo vulneraba derechos constitucionales como la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y la protección de la familia.
La Corte de Talca acogió inicialmente el recurso, concluyendo que los actos administrativos carecían de motivación suficiente. El tribunal indicó que ni el documento inicial ni la resolución que rechazó la reconsideración abordaron los antecedentes personales y familiares presentados por el carabinero. A juicio del tribunal, esta omisión configuró una actuación arbitraria e ilegal, al no ponderar debidamente las implicancias del traslado. En consecuencia, se ordenó que el funcionario fuera destinado a una unidad dentro de las Prefecturas de Talca, Linares o Curicó.
Finalmente, el dictamen fue confirmado por la Corte Suprema. Los ministros coincidieron en que, si bien la Dirección de Personal de Carabineros tiene facultades para ordenar traslados, estas deben ejercerse conforme al principio de juridicidad y con una adecuada fundamentación. En este caso, señalaron que no se consideraron las razones de carácter familiar ni los antecedentes médicos de los hijos del carabinero, lo que tornó la medida en ilegal y arbitraria, vulnerando también la garantía de igualdad ante la ley.
Esta decisión judicial refuerza la importancia de que las instituciones públicas consideren las circunstancias personales y familiares de sus funcionarios al momento de tomar decisiones administrativas que puedan afectar derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de la protección de niños con necesidades especiales.