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Atentos con los horarios del cierre del Comercio estos 24 y 31 de Diciembre

La Dirección del Trabajo reiteró las normativas que protegen los derechos laborales durante las fiestas de fin de año, destacando los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero. Estas medidas buscan garantizar que los trabajadores del comercio disfruten de estas fechas con sus familias.
Sanciones para incumplidores
El director de la DT, Pablo Zenteno Muñoz, enfatizó la importancia de cumplir con estas normativas:
“Esta normativa contempla sanciones especiales de hasta 20 UTM por trabajador. En años anteriores, hemos implementado diversos programas de fiscalización, por lo que el llamado es a cumplir con estas disposiciones”.
Las multas por incumplimiento son severas, aplicándose por cada trabajador afectado. En empresas de gran tamaño, las sanciones pueden llegar hasta 60 UTM, lo que equivale a $4.037.640 por persona. Durante las fiestas de 2023-2024, se cursaron 60 multas por un total de $105.654.592, reflejando un control riguroso por parte de la autoridad.
Horarios del comercio
De acuerdo con la Ley 19.973, los trabajadores deben estar fuera de sus lugares de trabajo a las 20:00 horas del 24 y 31 de diciembre. Las operaciones se retoman a las 06:00 horas del 26 de diciembre y del 2 de enero de 2025.
Este derecho es irrenunciable, salvo en sectores específicos como restaurantes, cines, aeropuertos y farmacias de urgencia, entre otros. Además, la normativa asegura que los trabajadores exceptuados de estos feriados puedan disfrutar de al menos una de estas fechas cada dos años, siempre que continúen bajo el mismo empleador.
Jornadas extendidas reguladas
Desde el 10 de diciembre, se permite a los empleadores extender la jornada laboral hasta en dos horas diarias durante 9 de los 15 días previos a la Navidad. No obstante, se establecen límites estrictos:
- Entre el 10 y el 23 de diciembre, los trabajadores no pueden laborar más allá de las 23:00 horas.
- El 24 de diciembre, el horario máximo permitido es hasta las 20:00 horas, sin excepciones.
Estas disposiciones refuerzan el compromiso de la Dirección del Trabajo con el respeto a los derechos laborales y con garantizar que las fiestas de fin de año sean un espacio para compartir en familia.
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